Prohibieron venta de “Dióxido de Cloro” vía redes sociales y/o páginas web

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La Superintendencia de Industria y Comercio, inspeccionó el mercado nacional para identificar posibles comercializadores del producto “DIÓXIDO DE CLORO – CDS” y otros similares o equivalentes, evidenciando que en los sitios web: https://amigosdeverdad.org/ y https://cdscolombia.com, se ofrece y comercializa este producto, al que se le atribuyen propiedades antimicrobianas, antivirales y antibacterianas que podrían inducir en error a los consumidores, haciéndoles pensar que es efectivo en el tratamiento de distintas enfermedades incluido el virus COVID-19. Según el INVIMA, el consumo de estas sustancias puede traer efectos adversos para la salud y en Colombia no existen productos que cuenten con registro sanitario para su comercialización como medicamento.

Por lo anterior, la SIC ordenó a los responsables de las páginas web “Amigos de verdad” y “CDS Colombia”, entre otras, lo siguiente:

1.    RETIRAR de manera inmediata todas las publicaciones del producto “Dióxido de Cloro – CDS» y otros similares o equivalentes, al cual le atribuye bondades de sanación y/o prevención del COVID-19 y de ciertas enfermedades, mientras se adelanta la correspondiente actuación administrativa.

2.    CESAR de manera inmediata la comercialización del producto “Dióxido de Cloro – CDS» y otros similares o equivalentes.

3.    REMITIR los datos del administrador y/o propietario del sitio web https://cdscolombia.com/.

4.   INFORMAR el nombre o razón social, identificación y datos de contacto del laboratorio que fabrica el producto denominado “Dióxido de Cloro” que se ofrece.

5.   INFORMAR si el “Dióxido de Cloro” que ofrece cuenta con registro sanitario expedido por el INVIMA.

6.   ALLEGAR los soportes documentales (técnicos y/o científicos), que sustentan las bondades atribuidas al producto denominado “Dióxido de Cloro”, especialmente las relacionadas con la prevención y/o curación del COVID-19.

En caso de que la orden impartida no se atienda dentro del término señalado y de manera completa, podrán imponerse multas hasta por 1.000 SMMLV. Del mismo modo, en caso de encontrar alguna conducta que viole los derechos de los consumidores, como información engañosa o insuficiente, y que pueda poner en riesgo la salud de las personas, podrán imponerse multas hasta por 2.000 SMMLV.

Adicionalmente, y una vez se evidenciaron publicaciones en el “Marketplace” de FACEBOOK, en las que se ofrece el producto “Dióxido de Cloro – CDS», la Superintendencia solicitó al responsable de esta red social para la Región Andina, SUSPENDER las publicaciones referidas y remitir los datos de contacto de los responsables de dichas publicaciones.

Estas órdenes y la solicitud a Facebook, se suman a las 27 órdenes impartidas a la fecha por la Superintendencia de Industria y Comercio, con el fin de proteger a los consumidores para que estos accedan a productos seguros, que no pongan en riesgo su salud e integridad física.

adesnce