Adriana del Pilar Solano Cantor, subdirectora de Registro Único Tributario de la DIAN, dio a conocer que los empresarios que se dediquen exclusivamente al expendio de comidas y bebidas, a partir del 2023, tendrán que cobrar a sus clientes el Impuesto Nacional al Consumo

Además, los comerciantes tendrán que actualizar el Registro Único Tributario (RUT). Este proceso es obligatorio, debido a que el beneficio que otorgó la Ley de Inversión Social tendrá vigencia hasta el próximo 31 de diciembre de este año.

La DIAN dispuso el servicio electrónico del RUT para que las personas naturales puedan realizar por autogestión, la actualización correspondiente.

Las personas jurídicas podrán realizar el proceso por medio de cita virtual o presencial. Quienes no cumplan con lo anterior, se verán afectados a sanciones penales, conforme con el artículo 402 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal).

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