A partir de este sábado, 23 de enero de 2021, empezaron a regir las nuevas condiciones mínimas del uso de casco protector para los conductores, acompañantes de motocicletas, motociclos, mototriciclos y cuatrimotos.
Según el Ministerio de Transporte, la nueva resolución busca reducir las muertes y lesiones por accidente de los usuarios de motocicletas.
La resolución indica que se impartirán sanciones económicas a las personas que incumplan las nuevas reglas y se aplicarán las que ya se encuentran definidas por la ley. Es decir, la multa será de $460.845, lo equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales mensuales vigentes, según el artículo 131 de la Ley 769 de 2002.
La resolución también señala que la no utilización del casco cuando corresponda dará lugar a la inmovilización del vehículo.
Estas son las 3 condiciones que la normatividad indica para el uso de los cascos:
- La cabeza del conductor y acompañante tiene debe estar totalmente inmersa en el casco y el sistema de retención debe estar asegurado por debajo de la mandíbula inferior, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.
- No se podrán llevar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco excepto si estos son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres.
- Finalmente, en el caso de cascos con cubierta facial inferior movible, ésta siempre deberá estar fija en la parte inferior del rostro y asegurada durante el tránsito, de tal manera que ofrezca protección a la cara del motociclista (conductor o acompañante).